Los medios audiovisuales, el cine, la televisión, tienen mucho que ver con las denominadas continuamente nuevas tecnologías. Cada vez incorporan más técnicas, productos, programas informáticos y diseños inteligentes para presentarnos “el gran producto final” que luego vemos en la sala de cine o en el saloncito de nuestra casa. Bueno, las vemos, oímos o disfrutamos de ellas los que podemos. Lamentablemente muchas personas con discapacidad sensorial no pueden decir lo mismo.
No deja de ser cuando menos sorpresiva la diferencia de fuerza y capacidad de lucha esgrimida en la defensa de entre los derechos profesionales (propiedad intelectual y derechos de autor) y personales y teóricamente inviolables (acceso a la información y la comunicación). Es curioso que se clame al cielo por la vulneración del supuesto bien jurídico a proteger, los derechos de autor, y al mismo tiempo nos demos la vuelta mientras ignoramos el bien jurídico a proteger del vecino, inherente a la dignidad de la persona, y que desoye a nuestra Constitución de arriba abajo.
Efectivamente, y especialmente cuando ocurre entre determinados colectivos con supuesta mayor sensibilidad y conciencia social, produce un cierto desánimo observar cómo se defiende a muerte la “propiedad privada” de algunos entornos profesionales, sin dudar que existen esos derechos, y cómo se vapulean o ignoran otros derechos fundamentales de la persona, como el derecho a la comunicación y la información. Si no estoy mal informado, las subvenciones con dinero público salen del bolsillo de todos los contribuyentes; por tanto, las subvenciones que reciben productores, actores y demás partícipes en creaciones audiovisuales la pagan todos los contribuyentes; entre todos los contribuyentes, están (aunque parezca mentira, también son contribuyentes y ciudadanos de pleno derecho), las personas ciegas, sordas y con discapacidad auditiva, entre otras. Entonces, ¿por qué no se obliga a todo aquel que recibe dinero de los contribuyentes, a respetar los derechos inviolables de los contribuyentes, y obligar a incorporar audiodescripción y subtitulado, necesarios para el acceso a la formación, información y comunicación de miles de personas, por ejemplo?.
Es evidente que vamos camino, a menos que se evite, a una muy peligrosa restricción de movimiento en nuestra libertad de acceso y partícipes de la información. Veamos, puesto que se podrá cerrar un portal que no cumpla con “la legalidad”, ¿no sería justo también que un ciudadano con discapacidad pudiera denunciar la web de una productora, una empresa de creación, las web de la SGAE, por no poder cumplir los requisitos de accesibilidad, y que pudiera cerrarse hasta que los cumplieran? ¿y por qué no las web de las administraciones públicas, con trámites rápidos y verdaderamente ejecutivos? Y por supuesto, siempre que tengan un enlace que redirija a un espacio de contenido de especial interés, y que no sea accesible. Porque según mi entender, si un espacio web público o de especial interés o de servicios a los ciudadanos no es accesible es ilegal, y si otro portal web (sea de las administraciones o de otras entidades privadas) redirige a otra “ilegal” por no cumplir los criterios de accesibilidad, también debiera cerrarse, ¿no?
Quizás la solución a medio plazo deba ir más por la educación y la formación de los profesionales de la industria de las nuevas tecnologías (donde inexorablemente debemos encajar hoy también al sector de las producciones audiovisuales) que por volver a tiempos de restricción unilateral de derechos. Si yo quiero y debo defender mi derecho, también debo respetar y defender el tuyo. Y ello sólo se puede ejercitar conociendo también cual es tu derecho. Es decir, yo sólo puedo tener fortaleza moral y ética para defender mi derecho a la “creación de autor” y propiedad intelectual en lo referente a medios de comunicación colectivos (y el cine lo es), si respeto el derecho al acceso a la información y la comunicación que tienen todas las personas con limitaciones en su uso (personas con discapacidad sensorial, especialmente, poniendo a su disposición medios como el subtitulado y la audiodescripción). La industria de las nuevas tecnologías se tiene que formar, para poder formar, y así saber y poder defender su derecho, y el de los demás. Pero, ¿y qué ocurre con las compañías de Internet? ¿Qué parte de responsabilidad o culpa tendrían por permitir circular y alojar portales web que contuvieran enlaces ilegales, o redirigieran a otros portales que proporcionaran descargas ilegales? ¿O por permitir circular o alojar en sus servidores web’s que no cumplieran los criterios de accesibilidad necesarios para su utilización por todas las personas? Puesto que nos cobran, y a tarifas no precisamente baratas, también debieran jugar un importante papel en vigilar los derechos de los ciudadanos, sobre todos aquellos que afectan a su ámbito, la comunicación.
Ahora bien, en la vida siempre hay algo de positivo en todo, y desde luego esta disputa por proteger los derechos y garantías de autor también la tiene. Si vemos que funciona a la perfección el dejar en manos de una Comisión interministerial la facultad de cerrar cualquier sitio web que no cumpla la legalidad (como redirigir a sitios de descargas ilegales o utilizar prácticas P2P), exigiendo que se retiren contenidos que entiendan en conflicto con la propiedad intelectual y derechos de autor, sin una tutela judicial efectiva, podríamos aplicar esta práctica a otros ámbitos. Es decir, crear otra Comisión Interministerial que de manera inequívoca y unilateral, le diga al juez que cierre la fábrica de cualquier empresa que ponga en el mercado tecnologías que no cumplan con los estándares de accesibilidad, o contenidos inaccesibles para una gran parte de la población. De esta forma, además, no caeríamos en una evidente discriminación, e igualaríamos la protección de los derechos, el de autor, al de igualdad para todas las personas en el acceso a la información y la comunicación utilizando nuevas tecnologías.
Pero los usuarios y especialmente los tecnólogos (internautas) normalmente son más listos, y siempre van bastante por delante de legisladores y especuladores creativos: cambian los hábitos, técnicas y procesos, y así seguirán, y ahí seguirán. Los tecnólógos, por regla general, son bastante más sabios que los letrados, y desde luego, mucho más rápidos, ágiles e inventivos..Quizás y entre otras cosas, porque los letrados y gestores públicos usualmente conocen bastante menos las tecnologías y sus recursos, que los tecnólogos las leyes. Y desconocen que mientras la letra es inmóvil, la tecnología es dinámica; y en lo que se modifican las lagunas de una ley, han llegado tres generaciones más de comunicaciones. Ah, pero queda una solución: prohibir todo.